dimecres, 13 de març del 2013

¿Cómo obtengo mis datos del Catastro?

Hemos recopilado un par de accesos a la página de Catastro para que se pueda comprobar la valoración realizada en las vivendas. Parece ser que el problema afecta a algunas promociones de San Vicente. Concretamente al cómputo de la superficie de las terrazas, que se han considerado al 100% cuando debieran computar al 50% si cumplen ciertos requisitos. Sabéis que el IBI que pagamos al Ayuntamiento es un porcentaje del valor catastral, el tipo impositivo de SAB es el 0.57. A mayor valor catastral mayor Impuesto de Bienes Inmuebles. ¿Estás afectado?
 
Un primer paso sería comprobar tu vivienda desde este enlace de catastro. Si crees que hay un error coméntalo con tus vecinos, presidente o administrador de la promoción. Puedes dirigirte al Ayuntamiento donde te dirán si está detectado ese error y si han hecho algo al respecto. Y si al final resulta que había error, habrá que ver desde cuándo has pagado de más y cómo solicitar la devolución. Pero ten claro que el error, si lo ha habido, proviene del Catastro, no del Ayuntamiento.

https://www1.sedecatastro.gob.es/OVCFrames.aspx?TIPO=CONSULTA



Superficie

Se entiende por superficie catastral construida de un inmueble la superficie privativa y la parte correspondiente de la superficie de los elementos comunes.

La superficie privativa es la incluida dentro de la línea exterior de los muros perimetrales de cada uno de los locales que constituyen el inmueble y, en su caso, de los ejes de las medianerías, deducida la superficie de los patios de luces.

Los balcones, terrazas, porches y demás elementos análogos que estén cubiertos computan al 50% de su superficie, salvo que estén cerrados por tres de sus cuatro orientaciones, en cuyo caso computan al 100%.

En uso residencial, no se considera superficie construida los espacios de altura inferior a 1,50 metros.

La superficie de elementos comunes, considerada a efectos de determinar la superficie catastral de los inmuebles, es la que se corresponde con la participación del elemento privativo en los elementos comunes según el coeficiente de participación que le corresponda o, en su caso, según la parte que efectivamente represente.

4 comentarios:

Anònim ha dit...

Pues no soy de S. Vicente, pero este IBI NOS MATA. Nos han valorado el suelo como en los tiempos de la burbuja y no se enteran de que ha estallado ya.
Deberían bajar el IBI desde las instituciones, pues me he estado leyendo la ley catastral y el valor catastral ART. 22 apartado d) también está influido por las circunstancias y valores del mercado.
Animo a la gente a que reclame.

David ha dit...

El enlace de catastro que ponéis no es útil. Ahí no se indica si la terraza computa al 50% o al 100%.

Plataforma SAB ha dit...

Revisaremos el enlace en cuanto vuelva a estar operativo. Está cerrado por mantenimiento. Gracias.

Plataforma SAB ha dit...

Lo hemos revisado y el enlace propuesto es el que da los datos de los elementos construidos y su superficie con acceso libre, esto es, sin firma electrónica.

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