¿Qué deben hacer los vecinos? Hay errores en viviendas de San Vicente, Montesano y Avda. 8 de abril, que se sepa de momento. Esta información no es oficial y aunque está contrastada a fecha de hoy sólo tiene valor orientativo. Por eso pedimos en el último Pleno como Moción que el Ayuntamiento atajara activamente el problema detectado.
Barrio San Vicente. |
Todo apunta a que los errores detectados se deben a que Catastro ha computado al 100% la superficie de elementos que deben computar al 50%, como son terrazas y puede que otros elementos. La consecuencia es que el valor catastral es mayor y por tanto el IBI que cobra el Ayuntamiento, ya que es un porcentaje del valor catastral. Si en tu caso hay un error catastral es posible que tengas derecho a la devolución del IBI pagado estos últimos años. Comprueba si tu vivienda ya consta como afectada. Si no está detectada pero sí afectada, te lo explicamos.
Avda. 8 Abril. |
Primero queremos aclarar que el error se debe a Catastro, no al Ayuntamiento. Aunque creemos que el Ayuntamiento debería haber tomado la iniciativa para resolver el problema y no limitarse a resolver las consultas planteadas. El departamento de Hacienda municipal es quien tiene asumida la materia catastral y a quien correspondería la parte técnica. Pero el Equipo de gobierno entero votó en contra en el pasado Pleno a nuestra Moción de Plataforma en el sentido de que el Ayuntamiento se dirigiera a los vecinos y explicara la situación.
Zona de Montesano afectada. |
Existen 4 casuísticas, que pueden afectar a promociones más o menos recientes, y de distintos barrios del municipio. De hecho de momento se han detectado errores catastrales en San Vicente, Montesano, Avda. 8 de abril. Algunas de ellas a raíz de nuestra publicidad sobre el asunto.
1. Fincas ya corregidas por Catastro revisión de los valores catastrales a la baja y comunicadas al Ayuntamiento, caso A
2. Fincas ya corregidas por Catastro pero no notificadas aún al Ayuntamiento, caso B.
3. Fincas susceptibles de contener errores en la valoración detectadas por haberse personado algún vecino de esas promociones en el Ayuntamiento, caso C.
4. Fincas susceptibles de contener errores en la valoración que aún no se han detectado.
Ver Anexo al final del artículo.
¿Cómo actuar? Como sugerencia, no darle valor oficial.
Lo primero, ponte en contacto con el Presidente/a o administrador/a de la comunidad. Es posible que si ya ha reclamado alguien de tu promoción, lo sepan. Si lo saben, lo mejor es comunicarlo a todo el vecindario para poder actuar conjuntamente y no acudir de manera individual. Si no saben nada, lo primero es dirigirse al Ayuntamiento por si te pueden orientar sobre las circunstancias de tu promoción contando con el conocimiento del presidente y/o administrador (cada cual sabrá cómo funciona su comunidad). Se trata de evitar tantas visitas como viviendas de la misma promoción.
1.- Si se es propietario de una vivienda a la que le afecta el caso A, sólo deben esperar. La devolución de los importes de IBI que corresponden a cada vecino ya están calculadas y se está iniciando el proceso de reintegro. Parece ser que ya se está notificando a los vecinos la subsanación del error y las cantidades a reintegrar. En este caso, el Ayuntamiento actuará de oficio para todos los interesados afectados.
2.- Si es propietario de una vivienda a la que le afecta el caso B sería aconsejable solicitar el reintegro de los ingresos indebidos que correspondan cuanto antes. Independientemente de que Catastro haya notificado o no los nuevos valores.
3.- Si se es propietario de una vivienda a la que le afecta el caso C; una opción es esperar. Ya existen reclamaciones en Catastro efectuadas por vecinos de estas promociones, que esa administración deberá resolver. Y lo lógico sería que, al revisar una vivienda, revisen las demás que conforman la misma finca. No tenemos constancia del error catastral, solo la sospecha. Por eso si un vecino quiere dirigir su recurso a Catastro, adelante. Lo normal es que esa administración lo una a los ya presentados. Y si quiere hacer un recurso ante este Ayuntamiento, lo normal es que se le conteste indicándole que aquí no se puede hacer nada mientras Catastro mantenga los mismos valores.
4.- Si no se encuentra en ninguno de los casos anteriores.
Si el vecino/a tiene razones para considerar que la cuantía del recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles es excesiva, y que este problema se debe a la valoración catastral, que pase por el Ayuntamiento o que se dirija a Catastro para consultarlo. En el Ayuntamiento se le podría hacer una estimación que nos podrá orientar sobre la corrección de los valores, pero hay que incidir en que los cálculos no serán oficiales ni implicarán ningún derecho para el vecino.
En estos casos, lo ideal sería que, dado que la mayor parte de las nuevas viviendas construidas en los últimos años forman parte de un conjunto de viviendas contando con Presidente de la Comunidad, y probablemente Administrador de la misma, sea una única persona quien se persone en el Ayuntamiento en representación y que luego comunique lo investigado al resto. De esta forma simplificamos trámites y trabajos al vecindario afectado y al Ayuntamiento.
Esperamos aportar algo de luz a este farragoso asunto. Desde Plataforma pretendemos informaros pero es información oficiosa. Si tenéis cualquier duda, a pesar de que se refleje vuestro caso en los supuestos contemplados podéis dirigiros a vuestro Presidente y/o administrador, a nosotros en el mail plataformasanantonio@gmail.com, al Ayuntamiento, a Catastro o a quienes consideréis adecuado.
Anexo, datos obtenidos de
Descarga anexo en PDF: pincha aquí
A) Fincas ya corregidas por Catastro
revisión de los valores catastrales a la baja y comunicadas al Ayuntmiento:
166 viviendas
MONTESANO
3946706 YJ1834N Migjorn –Fuente del pocillo
SAN VICENTE
4029702 YJ1842N Rincón del Molino – Masía de San Antonio
28 viviendas
4223201 YJ1842S San Vicente – Avda L’Eliana - Charco negro – Regajo
77 vivendas
PUEBLO
5110904 YJ1851N Avda. 8 De Abril
53 viviendas
B) Fincas ya corregidas por Catastro pero que no notificadas aún:
222 viviendas
SAN VICENTE
4024808 YJ1842S SAN VICENTE Mata Parda 31
86 viviendas
72 viviendas
4423401 YJ1842S SAN VICENTE Muela – Casa del Medio – Sequer – Charco negro
64 viviendas
C) Fincas susceptibles de contener errores en la valoración:
123 viviendas
SAN VICENTE
3924301 YJ1832S Rincón del Molino – San Vicente Ferrer –Cortes del medio
53 vivendas
4024802 YJ1842S SAN VICENTE San Vicente Ferrer – Casa del Medio
26 viviendas
4423803 YJ1842S SAN VICENTE Charco Negro – Del sequer – Avda. L’Eliana
29 viviendas
5110901 YJ1851N Avda. 8 de abril
15 viviendas
Articulo relacionado:
http://www.plataformasab.org/2013/04/resumen-del-pleno-28-de-marzo-v-mociones.html
4 comentarios:
Otra opción, para el caso B y C es presentar recurso ante el ayuntamiento para que se paralice el cobro del recibo del IBI hasta que se aclare la cuantía real.
Ya hemos adelantado bastante dinero, supongo que podrán congelar este recibo, ¿no?.
Por cierto, en el caso C, más que enterarte por el ayuntamiento, conviene ir a Catastro.
David,
La solicitud de la paralización del cobro del IBI 2013 es un mal consejo a las alturas del periodo de pago en el que estamos. Sólo vas a conseguir más "entropía" en todo el proceso. Es más sensato, como cualquier procd. administrativo, pagar y reclamar la totalidad de las desviaciones.
Entro.....que?
Gracias por la información. A nosotros nos ha ayudado mucho conocer la situación de nuestra vivienda.
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