dimecres, 2 d’abril del 2014

En Tablón de anuncios municipal el listado de los valores catastrales revisados.

Si tu vivienda estaba afectada por los errores catastrales, reclamaste y Catastro no te ha notificado la resolución, puedes consultar el resultado en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento. Se han enviado las resoluciones pero se han detectado errores y queda medio centenar sin notificar. Con la publicación en el Tablón se te da por notificado según un Decreto de Alcaldía. Si no estás de acuerdo con el valor de la revisión pide aclaración en el Ayuntamiento, el plazo para reclamar ya ha empezado. Parece que los reintegros masivos por el exceso de IBI cobrado se harán en pocas semanas. Si tienes derecho a la devolución pero no te notifican no te podrán devolver.
Estarán los listados expuestos 15 días a los vecinos, desde el pasado 28 de marzo hasta el próximo 14 de abril.


Hace casi 2 años que se detectaron errores sobre el valor que Catastro otorgó a varias promociones de viviendas. El error consistía en que se computaban como si fuera vivienda áreas que no lo eran, ya fueran terrazas o espacios comunes de uso deportivo, recreativo u otros. La mayoría de las viviendas afectadas estaban en San Vicente, pero había otras en Avda. 8 de abril y Montesano. Según nuestros cálculos, 511 casas, de 11 promociones.

El IBI es un porcentaje del valor catastral.

Como consecuencia, si el valor de la vivienda era más alto del que debía, el IBI también. Según los casos se tiene derecho a la devolución de parte del IBI de los últimos 4 años. En algunos cerca de un 20% del IBI.

Desde Plataforma iniciamos en su día una campaña de difusión del problema y búsqueda de soluciones, entrevistándonos con técnicos de Catastro y el Tribunal Económico Administrativo Regional (TEAR). Los técnicos de Catastro confirmaron que el origen del problema se debía a un error inicial de medición. Los propietarios de las viviendas nunca pudieron detectarlo ya que la resolución inicial sobre el cómputo catastral se dio a los promotores y/o constructores antes de venderse las viviendas. Las reclamaciones pues, debieron haberse dado entonces. Pero al final el error salió a la luz de modo que normalmente si afectaba a una vivienda, afectaba a todas las viviendas de esa misma promoción.

El Ayuntamiento no tenía herramientas para detectar ese error, ni era responsable del mismo, pero al final se tuvo que implicar en el problema. Lo cierto es que le supone una menor recaudación por IBI y las devoluciones de lo indebidamente recaudado en años anteriores, si es el caso, pueden acabar suponiendo centenares de miles de €.

Aún así creemos que el Ayuntamiento debería haberse situado junto a los vecinos y tomar la iniciativa para resolver el problema y no limitarse a resolver las consultas planteadas. El departamento de Hacienda municipal es quien tiene asumida la materia catastral y a quien correspondería la parte técnica. Pero el Equipo de gobierno entero votó en contra en un Pleno de marzo de 2013 a nuestra Moción de Plataforma en el sentido de que el Ayuntamiento se dirigiera a los vecinos, les explicara la situación y pusiera los medios necesarios para proceder a las reclamaciones administrativas ante Catastro. De hecho, ni siquiera informan en la web municipal del problema ni de la exposición de los valores catastrales.

¿Qué responde Catastro?

Una vez interpuestas las reclamaciones en catastro estos podían responder como Subsanación de Discrepancias (a partir del año fiscal siguiente, no da lugar a reclamar devolución del IBI de los años anteriores), o como Corrección de errores (desde el origen, supone poder pedir la retroactividad de 4 años).

Si Catastro respondió Subsanación de Discrepancias, tenías o tienes un mes para interponer recurso de reposición o reclamación económica administrativa ante el TEAR (Tribunal Económico Administrativo Regional). Según la entrevista que mantuvimos con técnicos del TEAR hay visos de que éste acabe dictaminando que la “Subsanación de Discrepancias” debiera haberse considerado “Corrección de errores” (y por tanto conllevaría poder solicitar retroactivamente lo indebidamente pagado por el exceso de IBI) ya que frente a una situación idéntica no debe resolverse de manera distinta. Por tanto, si es este tu caso, os animamos a intentar la reclamación oportuna.

Este asunto de los errores catastrales y su derivación con el IBI fue tratado hace meses con amplitud, tanto en nuestra web como en la reunión convocada al respecto a la que acudieron vecinos afectados.

Aquí te dejamos los artículos explicativos. De no quedarte claro, puedes dirigirte al Ayuntamiento. No obstante podéis contactar con nosotros si necesitáis alguna aclaración.

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1 comentarios:

Anònim ha dit...

Gracia por informar, al menos os preocupáis por el IBI. Nos gustaría que el ayuntamiento nos informara, pero sino vas no te enteras y no informan antes.

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