dilluns, 11 de maig del 2015

El Código Ético de GuanyemSAB

Uno de los primeros documentos que aprobó la Asamblea de GuanyemSAB fue el Código Ético. En la presentación de la candidatura, hace ahora un mes, cada uno de l@s candidat@s firmaron públicamente este documento.
Pero, ¿qué es el Código Ético?, ¿a qué se comprometen l@s candidat@s cuando lo firman? A partir de hoy, y en tres entregas, queremos mostraros este Código Ético, e invitaros a que vosotr@s, como ciudadan@s, también lo firméis.
firma
Un código ético fija normas que regulan los comportamientos de las personas dentro de una empresa u organización. Es un compromiso personal con unas reglas de juego éticas y responsables. Va más allá de lo legal, que por supuesto respeta. Pero estos días estamos teniendo ejemplos en las Cortes Generales de comportamientos legales, pero no éticos... Como vecinos comprometidos en una nueva forma de hacer y de vivir la política, hemos consensuado y acordado estas reglas
El Código Ético de GuanyemSAB lo hemos dividido en tres puntos:
  • Democratización de la representación política: fiscalización y rendición de cuentas
  • Financiación: transparencia y gestión de los gastos
  • Profesionalización de la política: supresión de privilegios y medidas contra la corrupción
A continuación podéis ver cuáles son los compromisos respecto al primer apartado que se adquieren al firmar el Código Ético por parte de l@s candidat@s...


1.- Democratización de la representación política: fiscalización y rendición de cuentas.
1.1.- Defender lo establecido en el programa político de la candidatura y actuar como representantes, obligados a seguir las decisiones tomadas en los mecanismos democráticos y abiertos a toda la población que fije la candidatura, promoviendo la corresponsabilidad política de todos y todas.
1.2.- Hacer públicas sus agendas políticas, para hacer visible con quién se reúnen y los temas que se tratan. Se harán públicos también las órdenes del día y las actas de las reuniones de los órganos colegiados a las que asistan.
1.3.- Facilitar todos sus ingresos, bienes y rendimientos patrimoniales, así como todos aquellos datos necesarios para la detección de posibles conflictos de intereses y la elaboración de auditorías ciudadanas. Este compromiso se extenderá a los 3 años siguientes a su salida de la función pública.
1.4.- Hacer públicos los criterios de nombramiento de los cargos y personal de confianza, y demás personal directivo de la administración.
1.5.- Rendir cuentas de sus actuaciones ante la ciudadanía, mediante instrumentos presenciales y virtuales, asamblearios, democráticos y abiertos a todos de ámbito sectorial o de pueblo o barrio. La información se presentará siempre en un formato open data que permita trabajarla.
1.6.- Aceptar la censura, y revocación en su caso, de concejales/as y cargos directivos y cargos de confianza por mala gestión o por incumplimiento flagrante y no justificado del programa. Para que esto sea posible, se establecerán mecanismos de garantía y evaluación de la gestión de las personas con cargos públicos de la candidatura, y la ciudadanía tendrá el derecho y el deber de participar activamente en el control y seguimiento de la labor de los cargos públicos para garantizar una correcta y honesta aplicación de este principio.
1.7.- No acceder durante un periodo, mínimo de 2 años, a cargos de responsabilidad en empresas creadas, reguladas, supervisadas, o que hayan sido beneficiarias de un contrato municipal con importe superior al 5% del presupuesto municipal, dentro del ámbito y/o sector donde ha desarrollado su función representativa. En ningún caso se ocuparán cargos en los consejos de administración de éstas durante dicho período de 2 años.
1.8.- Mantener un contacto habitual con colectivos en situación de vulnerabilidad, garantizar el espacio necesario en sus agendas para atenderlos y dar respuestas a sus propuestas, y tener presentes a la hora de tomar decisiones los informes de las personas de la administración que trabajan con estos colectivos.
1.9.- Garantizar la participación de la ciudadanía en la toma de decisiones relevantes y en el posicionamiento político de la candidatura sobre temas estratégicos y proyectos de impacto social, ambiental o urbanístico en pueblo, o barrios, teniendo en cuenta los principios de subsidiariedad, proporcionalidad y solidaridad. Todas las personas que ocupen cargos electos y su personal de confianza se comprometen a impulsar y apoyar todas las iniciativas ciudadanas propuestas a través del marco legal vigente o en el marco de la candidatura (a escala de barrio, o pueblo), siempre que no contravengan la asamblea de la plataforma ciudadana GuanyemSAB.

4 comentarios:

Interesado ha dit...

¿Cómo se puede conseguir que el concejal que incumple entregue el acta?
¿Cómo se puede obligar el cumplimiento del código después de abandonar la concejalía?

Plataforma SAB ha dit...

Es el compromiso firmado individual y voluntariamente. El Código, entonces, debe cumplirlo. Fuera de la concejalía, dado el volumen de este ayuntamiento, queda escaso o nulo margen de incumplirlo. Nosotros confiamos en las personas que forman parte de nuestro equipo.

decepcionado ha dit...

Si al final sólo depende de la buena voluntad del concejal y además se tiene una gran confianza en las personas del equipo, ¿para qué el Código?

Plataforma SAB ha dit...

No te decepciones tan rápido amigo, el Código Ético vale para quienes tiene ética y compromiso público. Los firmantes muestran una postura pública sobre este asunto con nombre y apellidos. ¿pueden otros decir lo mismo?

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